Como ya hiciera el Tribunal Supremo en una sentencia de diciembre de 2015, el juzgado de primera instancia nº 6 de Granollers (Barcelona) ha condenado a BBVA a devolver 3.371 euros de gastos notariales e impuestos derivados de la constitución e inscripción de la hipoteca. El juez considera que son gastos que debían pagar ambas partes de forma equitativa.
El juez estima que el pago de los gastos de notario y del Registro de la Propiedad deberían haberse pactado “de manera equitativa entre las partes, puesto que la entidad prestamista es la primera interesada en la elevación a escritura pública de los documentos”, según explica la agencia Efe.
En diciembre de 2015 el Tribunal Supremo declaró abusiva la cláusula en la que el BBVA imponía al hipotecado el pago de todos los fastos, tributos y comisiones derivados del préstamo. Y en este caso, ¿por qué? Porque considera que hubo una falta de concreción de los gastos, comisiones y tributos en el propio contrato de préstamo, es decir, estas partidas quedaron establecidas de manera genérica.
Además, el juzgado de Granollers también ha anulado la cláusula suelo que contenía la hipoteca y condena al banco a la devolución de las cantidades cobradas de más en virtud del límite de interés establecido en el 3,5% anulado.
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