Hola,

Trabajo en la sucursal española de una empresa americana. Todos los años la empresa entrega a los empleados acciones de su autocartera. Las acciones entregadas cada año (RSUs – unidades de acciones restringidas) no se pueden vender inmediatamente y se van haciendo ejecutables en un 25% cada año. Es decir que hay que esperar 4 años para poder ejecutar el 100% de las acciones entregadas en un año. Por ejemplo, el 100% de las acciones entregadas en 2008 se hicieron ejecutables en 2012, y el 100% de las acciones entregadas en 2009 se hicieron ejecutables en 2013.

Tengo entendido que al entregarse acciones a todos los empleados, al no superar su valor los 12.000 euros anuales, y siempre que se mantengan durante 3 años, no tributan en el IRPF ya que quedan fuera del pago en especie (Articulo 42.2)

Voy a vender un número de acciones que he mantenido durante más de tres años. Sé que en USA no me van a retener ningún porcentaje de la venta debido al acuerdo de doble imposición entre USA y España, pero tengo una serie de dudas a la hora de incluirlas en la declaración de la renta:

1)¿Cómo se cuentan los tres años de mantenimiento de acciones para evitar que se consideren pago en especie? Desde el día en que la empresa entrega las acciones, o a partir de la fecha en que son ejecutables?

2)¿Cuál es el valor de adquisición que debo usar? 0 euros al habérseme entregado gratuitamente, o el precio de la acción el día que se me entregaron, o el precio de la acción el día que se hicieron ejecutables?

3)A la hora de introducirlas en el programa padre, el tratamiento es igual a si vendiese acciones de una empresa española, o debo introducirlas en alguna casilla especial?

Muchas gracias de antemano

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